Art. 1
En vigor desde 30 may 2022
Artículo 1
La Comisión acepta la solicitud de Irlanda de no aplicar los Reglamentos (UE) n.o 1302/2014 y (UE) n.o 1303/2014 a 101 coches intermedios B2 que van a operar en la red irlandesa.
Las autoridades irlandesas comunicarán a la Comisión los números de identificación de los coches nuevos y sus respectivos trenes de composición indeformable finales, una vez que esos coches estén operativos en la red irlandesa.
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