Art. 1
En vigor desde 4 abr 2022
Artículo 1
A efectos de la consulta automatizada de datos dactiloscópicos, Italia queda habilitada para recibir y transmitir datos de carácter personal en virtud del artículo 9 de la Decisión 2008/615/JAI a partir del 9 de abril de 2022.
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