Art. 4

Ejecución

En vigor desde 28 feb 2022
Artículo 4 Ejecución 1.   El Alto Representante será responsable de garantizar la ejecución de la presente Decisión de conformidad con la Decisión (PESC) 2021/509 y con las normas para la ejecución de los ingresos y gastos financiados en el marco del FEAP, en consonancia con el marco metodológico integrado para evaluar y determinar las medidas y controles necesarios para las medidas de asistencia en el marco del FEAP. 2.   El comité creado por la Decisión (PESC) 2021/509 definirá con más detalle el tipo y la cantidad de ayuda que se financiará en el marco de la medida de asistencia, teniendo en cuenta las prioridades recomendadas por el Estado Mayor de la Unión Europea para satisfacer las necesidades de las Fuerzas Armadas ucranianas. 3.   El administrador de las medidas de asistencia, a tenor de la información recibida de las entidades ejecutoras, informará al comité creado por la Decisión (PESC) 2021/509 de la entrega de equipos, en particular de las cantidades, tipos y cualquier otra información pertinente, para su ulterior seguimiento y supervisión. 4.   La ejecución de la actividad a que se refiere el artículo 1, apartado 3, podrá correr a cargo de: a) el Ministerio de Defensa de Austria; b) el Ministerio de Defensa de Bélgica; c) el Ministerio de Defensa de Bulgaria; d) el Ministerio de Defensa de Croacia; e) el Ministerio de Defensa de Chipre; f) el Ministerio de Defensa de Chequia; g) el Ministerio de Defensa de Dinamarca; h) el Centro de Inversiones en Defensa de Estonia (ECDI) en nombre del Ministerio de Defensa de Estonia; i) el Ministerio de Defensa de Finlandia; j) el Ministerio de Defensa de Francia; k) el Ministerio de Defensa de Alemania; l) el Ministerio de Defensa de Grecia; m) el Ministerio de Defensa de Hungría; n) el Departamento de Defensa de Irlanda; o) el Ministerio de Defensa de Italia; p) el Centro Estatal de Logística y Contratación Pública de la Defensa de Letonia; q) el Ministerio de Defensa de Lituania r) la Dirección de Defensa del Ministerio de Asuntos Exteriores y Europeos de Luxemburgo; s) el Ministerio del Interior, Seguridad Nacional y Policía de Malta; t) el Ministerio de Defensa de los Países Bajos; u) el Ministerio de Defensa de Polonia; v) el Ministerio de Defensa de Portugal; w) el Ministerio de Defensa de Rumanía; x) el Ministerio de Defensa de la República Eslovaca; y) el Ministerio de Defensa de Eslovenia; z) el Ministerio de Defensa de España; a bis) el Ministerio de Defensa de Suecia / las Fuerzas Armadas suecas.
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eli:dec:2022:339:oj#art-4

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