Art. 2

En vigor desde 17 ene 2022
Artículo 2 La lista de zonas de programas que han de recibir ayudas del FEDER y de los instrumentos de financiación exterior de la Unión en el marco del capítulo de cooperación transnacional del objetivo de cooperación territorial europea, incluidas las regiones de terceros países o países socios o territorios no pertenecientes a la Unión que no reciben ayudas del FEDER o de un instrumento de financiación exterior de la Unión, o que contribuyen al presupuesto de la Unión mediante ingresos afectados externos figura en el anexo II.
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