Art. 1
En vigor desde 3 dic 2021
Artículo 1
No se cumplen las condiciones para suspender el derecho antidumping definitivo establecido por el artículo 1 del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1930 sobre las importaciones de contrachapado de abedul originario de Rusia de conformidad con el artículo 14, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/1036.
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