Art. 1

En vigor desde 2 dic 2021
Artículo 1 La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la 22.a reunión de las Partes Contratantes en el Convenio de Barcelona y sus Protocolos será apoyar la adopción de una decisión por la que se presentará a la 78.a sesión del Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional una propuesta para designar el mar Mediterráneo en su totalidad zona de control de emisiones de óxidos de azufre (Med SOx ECA) y para especificar la fecha de entrada en vigor.
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