Art. 1

En vigor desde 15 oct 2021
Artículo 1 La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Consejo Internacional del Azúcar, durante su 59.a sesión, será la de votar a favor de la prórroga del Convenio Internacional del Azúcar de 1992 por un nuevo período de dos años, hasta el 31 de diciembre de 2023.
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