Art. 1
Organismo modificado genéticamente e identificador único
En vigor desde 17 ago 2021
Artículo 1
Organismo modificado genéticamente e identificador único
De conformidad con el Reglamento (CE) n.o 65/2004, se asigna al maíz (Zea mays L.) modificado genéticamente MON 88017 × MON 810, especificado en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único MON-88Ø17-3 × MON-ØØ81Ø-6.
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