Art. 1
En vigor desde 19 jul 2021
Artículo 1
1. Se autoriza a la Comisión a entablar negociaciones, en nombre de la Unión Europea, con miras a un acuerdo de cooperación entre la Unión Europea y la Organización Internacional de Policía Criminal (OIPC-INTERPOL).
2. Las negociaciones se llevarán a cabo sobre la base de las directrices de negociación del Consejo recogidas en la adenda de la presente Decisión.
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