Art. 8
Facturación de los costes de gestión de la liquidez
En vigor desde 2 jul 2021
Artículo 8
Facturación de los costes de gestión de la liquidez
La Comisión facturará los costes de la gestión de la liquidez al principio de cada año natural por los costes en que se haya incurrido durante el año natural anterior.
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