Art. 1

En vigor desde 28 jun 2021
Artículo 1 A los efectos del artículo 36 de la Directiva (UE) 2016/680, el Reino Unido garantiza un nivel adecuado de protección para los datos personales transferidos de la Unión Europea a las autoridades públicas Reino Unido responsables de la prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales, o de su ejecución.
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