Art. 2
En vigor desde 17 jun 2021
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El punto 1 del anexo I será aplicable a partir del 22 de diciembre de 2022.
El punto 3 del anexo I será aplicable a partir del 22 de diciembre de 2021.
El punto 5 del anexo I será aplicable a partir del 22 de diciembre de 2022.
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