Art. 1

En vigor desde 10 jun 2021
Artículo 1 El tercer país con el que la Unión ha celebrado un acuerdo de asistencia mutua con un ámbito de aplicación similar al de la Directiva 2010/24/UE y del Reglamento (UE) n.o 904/2010 es el Reino de Noruega.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2021:942:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil