Art. 3
En vigor desde 3 jun 2021
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión son:
—
el grupo de organizadores de la iniciativa titulada «VOTANTES SIN FRONTERAS, plenos derechos políticos para los ciudadanos de la UE»;
—
el grupo de organizadores de la iniciativa titulada Implantación de una renta básica incondicional (RBI) en toda la UE»;
—
el grupo de organizadores de la iniciativa titulada «Libertà di condividere» (Libertad de compartir);
—
el grupo de organizadores de la iniciativa titulada «Derecho a subsanación»;
—
el grupo de organizadores de la iniciativa titulada «Iniciativa de la sociedad civil para la prohibición de las prácticas de vigilancia biométrica masiva»;
—
el grupo de organizadores de la iniciativa titulada «Tejados ajardinados».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2021:944:oj#art-3