Art. 2

En vigor desde 20 may 2021
Artículo 2 En el marco del presupuesto general de la Unión para el ejercicio de 2021, el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea se movilizará de la manera siguiente, en créditos de compromiso y de pago en relación con una emergencia grave de salud pública: a) se desembolsará un importe de 905 271 EUR a Albania; b) se desembolsará un importe de 31 755 580 EUR a Austria; c) se desembolsará un importe de 37 298 777 EUR a Bélgica; d) se desembolsará un importe de 17 373 205 EUR a Chequia; e) se desembolsará un importe de 3 588 755 EUR a Estonia; f) se desembolsará un importe de 91 365 053 EUR a Francia; g) se desembolsará un importe de 13 648 386 EUR a Alemania; h) se desembolsará un importe de 3 994 022 EUR a Grecia; i) se desembolsará un importe de 13 136 857 EUR a Hungría; j) se desembolsará un importe de 20 480 330 EUR a Irlanda; k) se desembolsará un importe de 76 271 930 EUR a Italia; l) se desembolsará un importe de 1 177 677 EUR a Letonia; m) se desembolsará un importe de 2 828 291 EUR a Lituania; n) se desembolsará un importe de 2 857 025 EUR a Luxemburgo; o) se desembolsará un importe de 199 505 EUR a Montenegro; p) se desembolsará un importe de 18 039 670 EUR a Portugal; q) se desembolsará un importe de 13 926 870 EUR a Rumanía; r) se desembolsará un importe de 11 968 276 EUR a Serbia; s) se desembolsará un importe de 36 639 441 EUR a España.
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