Art. 2
Disposición final
En vigor desde 29 abr 2021
Artículo 2
Disposición final
La presente decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2021:730:oj#art-2