Art. 1
En vigor desde 23 abr 2021
Artículo 1
La Decisión de Ejecución (UE) 2020/1350 se modifica como sigue:
1)
El artículo 2 se modifica como sigue:
a)
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. La Unión pondrá a disposición de Lituania un préstamo por un importe máximo de 957 260 000 EUR. El préstamo tendrá un plazo de vencimiento medio máximo de quince años.»;
b)
el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:
«4. El desembolso del primer tramo estará sujeto a la entrada en vigor del acuerdo de préstamo contemplado en el artículo 8, apartado 2, del Reglamento (UE) 2020/672. Cualquier tramo posterior se desembolsará de conformidad con las condiciones de dicho acuerdo de préstamo o, en su caso, estará sujeto a la entrada en vigor de una cláusula adicional al mismo, o de un acuerdo de préstamo modificado.».
2)
El artículo 3 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 3
Lituania podrá financiar las siguientes medidas:
a)
los subsidios salariales durante el tiempo sin trabajo previstos en el artículo 41 de la “Ley de empleo n.o XII-2470”, de 21 de junio de 2016, modificada en 2020;
b)
los subsidios salariales después del tiempo sin trabajo previstos en el artículo 41 de la “Ley de empleo n.o XII-2470”, de 21 de junio de 2016, modificada en 2020;
c)
las prestaciones para los trabajadores por cuenta propia previstas en el artículo 5-1 de la “Ley de empleo n.o XII-2470”, de 21 de junio de 2016, modificada en 2020;
d)
las prestaciones para los trabajadores por cuenta propia dedicados a la agricultura previstas en el artículo 5-2 de la “Ley de empleo n.o XII-2470”, de 21 de junio de 2016, modificada en 2020.».
3)
El artículo 4 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
1. Lituania informará a la Comisión a más tardar el 30 de marzo de 2021, y posteriormente cada seis meses, sobre la ejecución del gasto público previsto hasta que este se haya ejecutado en su totalidad.
2. Cuando las medidas a que se refiere el artículo 3 se basen en el gasto público previsto y hayan sido objeto de una decisión de ejecución por la que se modifique la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1350, Lituania informará a la Comisión en el plazo de seis meses tras la fecha de adopción de dicha decisión de ejecución modificativa, y posteriormente cada seis meses, sobre la ejecución del gasto público previsto hasta que este se haya ejecutado en su totalidad.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli:dec_impl:2021:678:oj#art-1