Art. 1

Representante Especial de la Unión Europea

En vigor desde 18 mar 2021
Artículo 1 La Decisión (PESC) 2020/489 se modifica como sigue: 1) El artículo 1 se sustituye por el siguiente: «Artículo 1 Representante Especial de la Unión Europea Queda prorrogado hasta el 31 de agosto de 2022 el mandato de D. Miroslav LAJČÁK como Representante Especial de la Unión Europea para el Diálogo Belgrado Pristina y otros asuntos regionales de los Balcanes Occidentales (en lo sucesivo, “Representante Especial”). El mandato del Representante Especial podrá terminar antes de esa fecha si así lo decidiera el Consejo, a partir de una evaluación del Comité Político y de Seguridad y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, “Alto Representante”).». 2) En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente: «El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del Representante Especial en el período comprendido entre el 1 de abril de 2021 y el 31 de agosto de 2022 será de 2 580 000 EUR.». 3) En el artículo 13, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente: «El Representante Especial presentará al Alto Representante, al Consejo y a la Comisión informes de situación periódicamente y un informe global final sobre la ejecución de su mandato a más tardar el 31 de mayo de 2022.».
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