Art. 1
En vigor desde 4 mar 2021
Artículo 1
La Decisión 2014/119/PESC se modifica como sigue:
1)
En el artículo 5, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:
«La presente Decisión será aplicable hasta el 6 de marzo de 2022. Las medidas establecidas en el artículo 1 se aplicarán hasta el 6 de septiembre de 2021 con respecto a la entrada n.o 17 del anexo.».
2)
El anexo se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli:dec:2021:394:oj#art-1