Art. 1

Representante Especial de la Unión Europea

En vigor desde 22 feb 2021
Artículo 1 La Decisión (PESC) 2019/346 se modifica como sigue: 1) El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 1 Representante Especial de la Unión Europea El mandato de D. Eamon GILMORE como Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para los derechos humanos se prorroga hasta el 28 de febrero de 2023. El Consejo podrá decidir que el mandato del REUE termine antes de esa fecha, basándose en una evaluación del Comité Político y de Seguridad (CPS) y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, "Alto Representante").». 2) En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente: «El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 28 de febrero de 2023 será de 2 690 000,00 EUR.». 3) En el artículo 12, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente: «El REUE presentará al Consejo, al Alto Representante y a la Comisión informes periódicos de situación y un informe global definitivo sobre la ejecución de su mandato a más tardar el 30 de noviembre de 2022.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2021:284:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil