Art. 1
En vigor desde 7 dic 2020
Artículo 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el seno del Consejo de Asociación creado por el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemita de Jordania, por otra, con respecto a la modificación de dicho Acuerdo mediante la sustitución de su Protocolo n.o 3, se basará en el proyecto de Decisión del Consejo de Asociación (3).
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