Art. 10

En vigor desde 7 dic 2020
Artículo 10 La presente Decisión será aplicable hasta el 8 de diciembre de 2023 y estará sujeta a revisión continua. Las medidas establecidas en los artículos 2 y 3 se aplicarán a las personas físicas o jurídicas, entidades y organismos enumerados en el anexo hasta el 8 de diciembre de 2021.
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