Art. 5

Publicación de los datos

En vigor desde 17 nov 2020
Artículo 5 Publicación de los datos La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria publicará los datos cuantitativos nacionales de resistencia a los antimicrobianos de las cepas bacterianas y los resultados de los análisis notificados con arreglo al artículo 4.
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