Art. 1
En vigor desde 13 nov 2020
Artículo 1
El límite máximo del importe anual de las contribuciones de los Estados miembros al FED para 2022 se fija en 2 800 000 000 EUR. Se dividirá en 2 500 000 000 EUR para la Comisión y 300 000 000 EUR para el BEI.
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