Art. 2

En vigor desde 26 oct 2020
Artículo 2 1.   La posición a que se refiere el artículo 1, apartado 1, será expresada, de forma conjunta, por los Estados miembros de la Unión que formen parte del Consejo de la OACI. 2.   La posición a la que se refiere el artículo 1, apartado 2, será expresada por todos los Estados miembros de la Unión.
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