Art. 1

En vigor desde 4 sept 2020
Artículo 1 La excepción prevista en el artículo 1 de la Decisión (UE) 2020/430, ya prorrogada por las Decisiones (UE) 2020/556, (UE) 2020/702 y (UE) 2020/970, se prorroga de nuevo hasta el 10 de noviembre de 2020.
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eli:dec:2020:1253:oj#art-1

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