Art. 1

En vigor desde 7 ago 2020
Artículo 1 A efectos de la consulta automatizada de datos dactiloscópicos, el Reino Unido queda habilitado para recibir y transmitir datos de carácter personal en virtud del artículo 9 de la Decisión 2008/615/JAI a partir del 11 de agosto de 2020 y con arreglo a dicha Decisión.
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