Art. 1
En vigor desde 28 jul 2020
Artículo 1
La Directiva 2014/25/UE no se aplicará a los contratos adjudicados por las entidades adjudicadoras y destinados a posibilitar la producción y la venta al por mayor de electricidad producida a partir de fuentes convencionales y de fuentes renovables, con la excepción de la producción y la venta al por mayor de electricidad procedente de fuentes renovables sujeta al primer sistema de apoyo y al segundo, en Lituania.
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