Art. 1
En vigor desde 27 jul 2020
Artículo 1
Se aprueban las disposiciones nacionales notificadas por el Reino de Dinamarca con arreglo al artículo 114, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que establecen excepciones al Reglamento (UE) 2019/1009 en lo que respecta al contenido de cadmio en los abonos fosfatados, en particular la prohibición de introducir en el mercado danés abonos que presenten un contenido de cadmio superior a 48 mg/kg de P2O5, en la medida en que se apliquen a los abonos fosfatados contemplados en la CFP 1(B), punto 3, letra a), inciso ii), y en la CFP 1(C)(I), punto 2, letra a), inciso ii), del anexo I del Reglamento (UE) 2019/1009, hasta que se aplique a escala de la Unión un valor límite armonizado revisado igual o inferior al valor límite danés.
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