Art. 1

En vigor desde 17 jul 2020
Artículo 1 Se aprueban las disposiciones nacionales notificadas por Hungría con arreglo al artículo 114, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que establecen excepciones al Reglamento (UE) 2019/1009 en lo que respecta al contenido de cadmio en los abonos fosfatados, esto es, la prohibición de introducir en el mercado húngaro los abonos fosfatados que contengan como mínimo un 5 % de P2O5 en masa, a los que hacen referencia la CFP 1(B), punto 3, letra a), inciso ii), y la CFP 1(C)(I), punto 2, letra a), inciso ii), del anexo I del Reglamento (UE) 2019/1009, y que presenten un contenido de cadmio superior a 20 mg/kg de P2O5 hasta que se aplique a escala de la Unión un valor límite armonizado revisado igual o inferior al valor límite húngaro.
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