Art. 3
En vigor desde 7 jul 2020
Artículo 3
De conformidad con el procedimiento establecido en el anexo de la presente Decisión, la Comisión estará facultada para aprobar, en nombre de la Unión, las modificaciones del Protocolo que adopte la Comisión Mixta creada en virtud del artículo 9 del Acuerdo.
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