Art. 1

En vigor desde 2 jul 2020
Artículo 1 La Directiva 2014/25/UE no se aplicará a los contratos adjudicados por entidades adjudicadoras y destinados a posibilitar actividades relacionadas con la prestación de servicios de transporte ferroviario de pasajeros con arreglo a un contrato de obligación de servicio público que vayan a llevarse a cabo en el territorio de Suecia.
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