Art. 2

En vigor desde 27 may 2020
Artículo 2 La Directiva 2014/25/UE seguirá aplicándose a los contratos adjudicados por las entidades adjudicadoras y destinados a posibilitar la realización de las actividades relacionadas con los servicios internacionales ordinarios de paquetería de empresa a consumidor (B2C) en el territorio de Dinamarca.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2020:737:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil