Art. 1
En vigor desde 25 feb 2020
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2018/905 del Consejo se modifica como sigue:
1)
En el artículo 1, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El mandato de D. Alexander RONDOS como Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para el Cuerno de África se prorroga hasta el 31 de agosto de 2020. El Consejo podrá decidir que el mandato del REUE termine antes de esa fecha, basándose en la evaluación del Comité Político y de Seguridad (CPS) y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, “Alto Representante”).».
2)
En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:
«El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de agosto de 2020 será de 1 400 000 EUR.».
3)
En el artículo 14, se añade el párrafo siguiente:
«El informe global definitivo sobre la ejecución del mandato del REUE se presentará a más tardar el 15 de junio de 2020.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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