Art. 1
En vigor desde 25 feb 2020
Artículo 1
La transferencia de activos del Grupo FIH a la Sociedad Danesa de Estabilidad Financiera (FSC), junto con los acuerdos paralelos, constituyen ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Esta ayuda estatal es compatible con el mercado interior en el sentido del artículo 107, apartado 3, letra b), del Tratado a la vista del plan de reestructuración y de los compromisos expuestos en el anexo.
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