Art. 2

Aprobación del volumen de emisión de monedas en euros en 2020

En vigor desde 10 dic 2019
Artículo 2 Aprobación del volumen de emisión de monedas en euros en 2020 El BCE aprueba el siguiente volumen de emisión de monedas en euros en 2020 por los Estados miembros de la zona del euro: Volumen de emisión de monedas en euros aprobado para 2020 Monedas destinadas a la circulación Monedas de colección (no destinadas a la circulación) Volumen de emisión de monedas (millones EUR) (millones EUR) (millones EUR) Bélgica 59,0 1,0 60,0 Alemania 412,0 209.0 621,0 Estonia 10,1 0,3 10,4 Irlanda 10,5 0,5 11,0 Grecia 119,1 0,7 119,8 España 357,3 30,0 387,3 Francia 224,0 50,0 274,0 Italia 174,0 2,7 176,7 Chipre 12,0 0,1 12,1 Letonia 8,3 0,2 8,5 Lituania 22,0 0,7 22,7 Luxemburgo 14,6 1,0 15,6 Malta 9,4 0,2 9,6 Países Bajos 17,0 3,0 20,0 Austria 71,5 153,5 225,0 Portugal 61,1 2,1 63,2 Eslovenia 23,0 1,0 24,0 Eslovaquia 19,0 1,2 20,2 Finlandia 15,0 10,0 25,0
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2019:2231:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil