Art. 4
En vigor desde 4 oct 2019
Artículo 4
1. El Alto Representante informará al Consejo de la aplicación de la presente Decisión, basándose en los informes periódicos elaborados por el UNVIM, incluidos los informes sobre las reuniones mensuales del Comité Director del UNVIM. Estos informes serán la base de una evaluación del Consejo.
2. La Comisión proporcionará información al Consejo sobre los aspectos financieros de la ejecución del proyecto a que se refiere el artículo 1.
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