Art. 1
En vigor desde 16 sept 2019
Artículo 1
En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 15 se sustituye por el texto siguiente:
«15. Se aprueba que KPMG sea el auditor externo del Bank Ċentrali ta' Malta/Central Bank of Malta para los ejercicios de 2019 a 2025.».
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