Art. 1

En vigor desde 18 jul 2019
Artículo 1 La lista de personas con disposición y capacidad para ejercer de árbitro se establece en el anexo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2019:1317:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil