Art. 1
En vigor desde 26 jun 2019
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2017/2302 se modifica como sigue:
1)
El artículo 5, apartado 2, se sustituye por el texto siguiente:
«2. Expirará a los treinta y dos meses de la fecha de la celebración del acuerdo financiero entre la Comisión y la OPAQ a que hace referencia el artículo 3, apartado 3, o seis meses después de su entrada en vigor si para entonces no se ha celebrado acuerdo financiero alguno.».
2)
La sección 6 del anexo se sustituye por el texto siguiente:
«6. Duración estimada
La duración prevista del proyecto es de 32 meses.».
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