Art. 1

En vigor desde 26 jun 2019
Artículo 1 La Decisión (PESC) 2017/2302 se modifica como sigue: 1) El artículo 5, apartado 2, se sustituye por el texto siguiente: «2.   Expirará a los treinta y dos meses de la fecha de la celebración del acuerdo financiero entre la Comisión y la OPAQ a que hace referencia el artículo 3, apartado 3, o seis meses después de su entrada en vigor si para entonces no se ha celebrado acuerdo financiero alguno.». 2) La sección 6 del anexo se sustituye por el texto siguiente: «6.   Duración estimada La duración prevista del proyecto es de 32 meses.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2019:1092:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil