Art. 4

Solicitudes de autorización

En vigor desde 27 may 2019
Artículo 4 Solicitudes de autorización 1.   Los pasticultores podrán presentar a las autoridades competentes una solicitud de autorización anual para aplicar estiércol de origen animal con un contenido máximo de 250 kg de nitrógeno por hectárea y año. La solicitud incluirá una declaración en la que se indique que el pasticultor se somete a todos los controles previstos en el artículo 9. 2.   En la solicitud anual a que se refiere el apartado 1, el solicitante se comprometerá por escrito a cumplir las condiciones establecidas en los artículos 6 y 7.
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