Art. 2
En vigor desde 22 may 2019
Artículo 2
La presente Decisión se entiende sin perjuicio de las futuras decisiones de liquidación de conformidad que la Comisión pueda adoptar en virtud del artículo 52 del Reglamento (UE) n.o 1306/2013 para excluir de la financiación de la Unión los gastos que no se hayan efectuado con arreglo a sus normas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2019:874:oj#art-2