Art. 7
En vigor desde 17 may 2019
Artículo 7
1. El anexo incluirá los motivos de la inscripción en la lista de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos a que se refieren los artículos 4 y 5.
2. El anexo contendrá, cuando se disponga de ella, la información necesaria para identificar a las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos de que se trate. Respecto de las personas físicas, esa información podrá incluir el nombre, apellidos y los alias, el lugar y fecha de nacimiento, la nacionalidad, el número de pasaporte o de documento de identidad, el sexo, la dirección, si se conoce, y el cargo o la profesión. En el caso de las personas jurídicas, entidades u organismos, la información podrá incluir el nombre, el lugar y la fecha de registro, el número de registro y el domicilio social.
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