Art. 1

En vigor desde 22 mar 2019
Artículo 1 En caso de que la Cámara de los Comunes apruebe el Acuerdo de Retirada el 29 de marzo de 2019 a más tardar, el plazo previsto en el artículo 50, apartado 3, del TUE se prorrogará hasta el 22 de mayo de 2019. En caso de que la Cámara de los Comunes no apruebe el Acuerdo de Retirada el 29 de marzo de 2019 a más tardar, el plazo previsto en el artículo 50, apartado 3, del TUE se prorrogará hasta el 12 de abril de 2019. En este último caso, el Reino Unido indicará, antes del 12 de abril de 2019, una forma de avanzar para que la estudie el Consejo Europeo.
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