Art. 23

Plan plurianual

En vigor desde 19 feb 2019
Artículo 23 Plan plurianual La Comisión elaborará un plan quinquenal para aplicar el plan general, que se actualizará cada cinco años a partir de ese momento con arreglo a las necesidades identificadas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2019:300:oj#art-23

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil