Art. 1

En vigor desde 10 dic 2018
Artículo 1 La Decisión (PESC) 2016/610 queda modificada como sigue: 1) En el artículo 1, apartado 2, se añade la letra siguiente: «d) asesoramiento estratégico al Ministerio del Interior, al Director General de la Policía y al Director General de la Gendarmería para hacer posible, con posterioridad, la interoperatividad y el uso coordinado de las fuerzas de defensa y de seguridad interior en la República Centroafricana.». 2) En el artículo 10, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente: «3.   El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUTM RCA para el período comprendido entre el 20 de septiembre de 2018 y el 19 de septiembre de 2020 ascenderá a 26 131 485 EUR. El porcentaje del importe de referencia a que se refiere el artículo 25, apartado 1, de la Decisión (PESC) 2015/528 será del 0 % y el porcentaje a que se refiere el artículo 34, apartado 3, de dicha Decisión será del 0 % para los compromisos y del 0 % para los pagos.».
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eli:dec:2018:1941:oj#art-1

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