Art. 5

Entrada en vigor

En vigor desde 29 nov 2018
Artículo 5 Entrada en vigor La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2019.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2019:44:oj#art-5

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil