Art. 1

En vigor desde 19 nov 2018
Artículo 1 A efectos de la consulta automatizada de datos dactiloscópicos, Croacia queda habilitada para recibir y transmitir datos de carácter personal en virtud del artículo 9 de la Decisión 2008/615/JAI a partir del 23 de noviembre de 2018.
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