Art. 2

En vigor desde 16 nov 2018
Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de Bélgica, la República Checa, la República Federal de Alemania, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República de Croacia, la República Italiana, Hungría, la República de Austria, la República de Polonia, la República Portuguesa, Rumanía, la República Eslovaca, el Reino de Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
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