Art. 1
Modificaciones de la Decisión 2003/17/CE
En vigor desde 23 oct 2018
Artículo 1
Modificaciones de la Decisión 2003/17/CE
La Decisión 2003/17/CE se modifica como sigue:
1)
En el artículo 1, la parte introductoria se sustituye por el texto siguiente:
«Las inspecciones sobre el terreno de los cultivos productores de semillas de las especies que se especifican en el anexo I de la presente Decisión, realizadas en los terceros países que figuran en dicho anexo, se considerarán equivalentes a las inspecciones sobre el terreno realizadas con arreglo a las Directivas 66/401/CEE, 66/402/CEE, 2002/54/CE y 2002/57/CE, y a la Directiva 2002/55/CE del Consejo (*1), siempre y cuando:
(*1) Directiva 2002/55/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, referente a la comercialización de semillas de plantas hortícolas (DO L 193 de 20.7.2002, p. 33).»."
2)
El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 2
Las semillas de las especies a que se refiere el anexo I de la presente Decisión, producidas en terceros países indicados en dicho anexo y certificadas oficialmente por las autoridades enumeradas en él, se considerarán equivalentes a las semillas que se ajustan a las Directivas 66/401/CEE, 66/402/CEE, 2002/54/CE, 2002/55/CE y 2002/57/CE, siempre que cumplan las condiciones establecidas en la letra b del anexo II de la presente Decisión.».
3)
El artículo 3 se modifica como sigue:
a)
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. Cuando las semillas equivalentes sean objeto de un cambio de la etiqueta y del sistema de cierre o precinto en la Comunidad, de acuerdo con los sistemas de la OCDE para la certificación varietal de las semillas destinadas al comercio internacional, se aplicarán por analogía las disposiciones de las Directivas 66/401/CEE, 66/402/CEE, 2002/54/CE, 2002/55/CE y 2002/57/CE referentes al cambio de cierre de los envases producidos en la Comunidad.
El párrafo primero se entenderá sin perjuicio de las normas de la OCDE aplicables a dichas operaciones.»;
b)
en el apartado 2, la letra b) se sustituye por el texto siguiente:
«b)
para los pequeños envases CE a efectos de las Directivas 66/401/CEE, 2002/54/CE o 2002/55/CE.».
4)
Los anexos de la Decisión 2003/17/CE quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2018:1674:oj#art-1